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_b.G37
100 1 _aGarcía Máynez, Eduardo
_911637
245 1 0 _aIntroducción a la lógica jurídica /
_cEduardo García Máynez.
250 _a1a ed.
260 _aMéxico, D.F. :
_bFontamara,
_c2007.
300 _a234 p. ;
_c21 cm.
440 0 _aArgumentos
_911638
500 _aResumen: Considerando que tanto en el campo de la lógica pura como en el de la lógica jurídica es preciso descubrir la ase ontológica de sus principios supremos, el autor concluye que los principios de la lógica jurídica, no son leyes sobre el pensar de los hombres, ni normas que indiquen cómo debemos discurrir; se trata, por un lado, de principios necesarios sobre la validez o la invalidez de las normas de derecho y, en el otro de principios igualmente necesario, sobre la verdad o la falsedad de los juicios enunciativos. García Máynez expone los principios lógico-jurídicos supremos, pero no sigue el orden adoptado en los manuales de lógica. La primer parte de la obra expone los principios supremos de la lógica jurídica y la segunda aborda la axiomática jurídica; en ellas analiza: los principios jurídicos de contradicción y el tercero excluido; el estudio sistemático de los casos de oposición contradictoria entre normas de derecho; los principios de razón suficiente e identidad; el fundamento ontológico de los principios lógico jurídicos supremos; las reglas de conducta; el derecho subjetivo; lo lícito y lo ilícito; así como la definición positiva del derecho de libertad y el abuso del derecho, ocupándose por último de la axiomática jurídica. Siendo la doctrina jurídica tan rigurosa, y científica, como la lógica formal, el autor expone exhaustiva y sistemáticamente los axiomas capitales de la Ontología formal del derecho; primero analiza los conflictos entre normas que pertenecen a un mismo ordenamiento jurídico, discutiendo a continuación los planteados por prescripciones antagónicas cuya razón de validez es diferente, asimismo examina los que surgen entre preceptos de un solo ordenamiento, analizando los existentes entre normas oriundas de una fuente común, para posteriormente estudiar a los que se dan entre preceptos derivados de fuentes distintas. Los principios apriorísticos de todo el derecho, expuestos en esta obra, son válidos tanto para el derecho como para cualquier legislador y el lector se dará cuenta que estos no se refieren a contenido jurídicos concretos, sino a conexiones esenciales entre las dos formas de manifestación de las consecuencias normativas (deber jurídico y derecho subjetivo) y entre las que puede asumir la conducta jurídicamente regulada; lo prohibido, lo ordenado, lo potestativo. De igual modo se percatará de que tanto los principios de la lógica jurídica como los axiomas de la ontología formal del derecho y las proposiciones que en estos descansan no son normas, sino verdades de razón.
650 0 4 _aLógica jurídica
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650 0 4 _aFilosofía del derecho
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650 0 4 _aJurisprudencia
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