000 | 02844nam a2200229 a 4500 | ||
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020 | _a970-644-411-4 | ||
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_aumsa _bspa _cumsa |
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_aKGF 2202 _b.I96 |
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100 | 1 |
_aIzquierdo y de la Cueva, Ana Luisa _99672 |
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245 | 1 | 0 |
_aTérminos básicos sobre derechos indígenas / _cAna Luisa Izquierdo y de la Cueva. |
250 | _a1a ed. | ||
260 |
_aMéxico, D.F. : _bComisión Nacional de los Derechos Humanos, _c2005. |
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300 |
_a67 p. ; _c22 cm. |
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500 | _aResumen: La meta de este breve vocabulario Términos básicos sobre derechos indígenas es poner en claro el verdadero sentido jurídico de palabras que son multisemánticas en lo cotidiano, pero que siendo términos que forman parte o se aspira a que sean incluidos en normas para las comunidades autóctonas de nuestro país tienen que corresponder a conceptos precisos que mantengan una cierta uniformidad en su contenido. Estas precisiones son necesarias porque al ir construyendo un marco jurídico para los indígenas de México, los conceptos básicos para ello no deben dejarse tan vagos que se presten a interpretaciones subjetivas y múltiples, porque aún hoy el tema indígena genera pasiones y prejuicios. Ello representa problemas, no sólo en el debate intelectual o académico, sino también produce confusión en su aplicación o facilita que sean trastocados en múltiples sentidos. A partir del movimiento zapatista que surgió a la luz pública en 1994 se intensificó el debate sobre los derechos indígenas, desde hechos muy elementales de si debería legislar en su beneficio y de acuerdo a sus aspiraciones o si era clara la identidad precisa de quienes luchaban por un estatus jurídico propio, hasta asuntos más complejos como el de respetar el pluralismo jurídico. Estos conceptos se notaban indefinidos en la sociedad mexicana, a pesar de que en otros países ya habían sido clarificados. Ejemplos de estas situaciones fueron numerosos y frecuentes. Quizá palabra que más revuelo ha causado, sobre todo en todo en los ambientes políticos, ha sido la de autonomía, en gran medida por el desconocimiento de su contenido conceptual a nivel mundial. El término autonomía fue confundido con independencia, secesión, separación, balcanización, resquebrajamiento del estado mexicano y fraccionamiento del país: en suma, se le confundió se le confundió con a quienes hablan una lengua indígena o que tienen rasgos antropológicos raciales autóctonos que llaman “puros”, o la reducción del concepto cosmovisión al pensamiento religioso o el de lengua dialecto, para restarle valor y denostar a los idiomas indígenas. | ||
650 | 0 | 4 |
_aIndígenas de México _99673 _xDerechos humanos |
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