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_b.S26 2002
100 1 _aSánchez Medal, Ramón
_91467
245 1 0 _aDe los contratos civiles /
_cRamón Sánchez Medal.
250 _a19a ed.
260 _aMéxico, D.F. :
_bPorrúa,
_cc2002.
300 _axvi, 605 p. ;
_c24 cm.
500 _aResumen: La doctrina general del contrato. A manera de preámbulo para el estudio de los contratos en particular, tiene una gran utilidad práctica la exposición de los principios comunes a todos los contratos (como por ejemplo, de los contratos onerosos, de los contratos gratuitos, de los contratos de ejecución continuada, de los contratos con prestaciones recíprocas, de los contratos de garantía), ya que al estudiar cualquier contrato en particular deben siempre tenerse presente esos principios y reglas. Estas normas generales o las propias de cada grupo de contratos, a imitación del código civil francés, suelen incluirse dentro de la teoría general de las obligaciones, al estudiar el contrato como una de las fuentes de las obligaciones; pero su gran importancia y su desproporcionada extensión parecen indicar la convivencia de destacar con individualidad propia la doctrina general del contrato (Messineo), a la que nuestro legislador denomina "reglas generales de los contratos" (1858), ya que el contrato es la fuente ordinaria o normal de las obligaciones (Saleilles), que no está limitada a los bienes, sino que se extiende a las personas y a la familia, pues en el orden extrapatrimonial el matrimonio y la adopción son también contratos (Josserand).
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