Resumen: La colegiación obligatoria de la abogacía ha sido un tema preocupante y ampliamente tratado en los últimos tiempos. Carlos Sempé Minvielle, Ministro jubilado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, analiza en este texto el número 3 de la serie Ensayos y conferencias de los forjadores de la suprema corte de Justicia de la Nación las ventajas y desventajas de la colegiación obligatoria en nuestro país.
La postura del Ministro Sempé es clara: la colegiación forzosa del jurista es inconveniente, aun cuando se acepte que podría servir como contrapeso a la incompleta preparación y la deshonestidad de muchos practicantes del derecho, y se reconozca su efectividad en otros países.
La carencia de conocimientos jurídicos suficientes de algunos abogados afirma, no remediaría con la práctica de exámenes por parte de los colegios profesionales, además de que la tendencia a especializarse en una determinada rama del derecho haría incongruente la exigencia de demostrar una cultura jurídica omnicomprensiva.
Ahora bien, el principal obstáculo a la viabilidad de la colegiación obligatoria en cuestión radica en que seguramente impondría barreras al ejercicio profesional. Para explicar esta consideración, ministro Sempé analiza las facultades del Colegio de Notarías mediante la imposición de una serie de requisitos que difícilmente pueden cumplimentar todos los aspirantes a ocuparlas. Por tal motivo, es más recomendable y apropiado que los abogados acrediten sus conocimientos desde la misma etapa universitaria, y que las instancias jurisdiccionales cuenten con la potestad de inhabilitarlos cuando se dé el caso de prácticas irregulares.
El ministro Sempé estima conveniente no expedir el título profesional a los estudiantes de derecho que no acrediten debidamente poseer los conocimientos jurídicos de rigor, así como permitir que los jueces denuncien a los abogados que cometan trapacerías, conducta que justificaría su inhabilitación profesional por parte de los tribunales o los Consejos de la Judicatura.