El juicio de amparo / Ignacio Burgoa.
By: Burgoa O., Ignacio.
Material type: TextPublisher: México, D.F. : Porrúa, c1983Edition: 19a ed.Description: 1080 p. ; 24 cm.ISBN: 968-432-103-1.Subject(s): Amparo (Recurso) -- MéxicoLOC classification: KGF 2709 | .B87 1983Item type | Current location | Collection | Call number | Copy number | Status | Date due | Barcode |
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Libros | UMSA Plantel Reforma | Acervo general | KGF 2709 .B87 1983 (Browse shelf) | 1 | Available | 000013494 |
Resumen: Sin temor a equivocarnos, podemos afirmar que el juicio de amparo, bajo su estructura constitucional-legal y funcionamiento práctico, es una institución netamente mexicana. Con la anterior aseveración no pretendemos dar a entender que el juicio de amparo, como medio de control constitucional en sí mismo considerado, haya tenido su origen en nuestro país, puesto que bien puede reconocer antecedentes extranjeros; lo único que intentamos significar es que, estando nuestra institución tuteladora de tal manera peculiarizada por sus diversas modalidades jurídicas, éstas le imprimen un carácter típicamente nacional.
Se afirma muy a menudo que los jurisconsultos mexicanos siempre han recurrido a sistemas jurídicos extranjeros para elaborar la ordenación legal respecto de una institución de derecho determinada, no faltando quienes lo tilden, falsamente por cierto, de simples "copistas" o imitadores. Nada más absurdo que esta suposición, pues ninguna institución jurídica, sea cual fuere la rama del derecho a que pertenezca, nace en un sistema estatal determinado aislada completamente de un precedente extranjero, esto es, por modo íntegra y absolutamente original, ya que su aparición es en la mayoría de los casos la consecuencia de un proceso evolutivo previo que afecta o debe afecta a todos los órdenes de derecho que tengan un origen cultural común; además, la implantación de una institución jurídica en un país determinado que haya tenido como modelo o fuente de inspiración a la correspondiente en un sistema de derecho extra-nacional, casi nunca se lleva a cabo por mera imitación, sino mediante la adopción de modalidades, atributos y caracteres, establecidos originalmente, atendiendo al medio ambiente de que se trate. Baste comparar cualquier institución jurídica civil, mercantil, etc., mexicana con aquella extranjera que sirvió de modelo a su formación legal, para llegar a la conclusión de que siempre en la primera existen innovaciones, cuyo conjunto le atribuye un perfil propio.
Bibliografía: p. 1057-1062