Resumen: En México, la creación del Consejo de la Judicatura Federal ha sido motivo de polémica, tal vez por el desconocimiento de sus propósitos, de su estructura y de la utilidad que representa para la independencia de Poder Judicial. Algunos abogados, incluso miembros de este poder, cuestionar su existencia y ponen en tela de duda sus logros.
No obstante esto y el desconocimiento social la institución, entre los abogados este órgano de administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial ha ido tomando carta de naturalización, aun cuando todavía existan pocos estudios académicos sobre su naturaleza, facultades y funcionamiento.
Es por ello que aprovecharé la ocasión para abordar brevemente estos aspectos respecto de un órgano constitucional que debe considerarse, formalmente no tienen carácter jurisdiccional, y cuyas funciones, históricamente, han sido asignadas al Ejecutivo (Ministerios o Secretarías de Justicia), o bien, a los tribunales de mayor jerarquía.
La pregunta que el Constituyente Permanente tuvo que responder cuando decidió crear el Consejo fue, seguramente:
¿Cuál es la mejor manera de gobernar y administrar el poder Judicial garantizado su independencia? Dicho cuestionamiento tiene múltiples respuestas, como se demuestra con el hecho de que en otras épocas, en México y en otros sistemas jurídicos, se han adoptado distintas formas constitucionales para llevar a cabo esas funciones.
En este sentido, el Consejo de la Magistratura o de la Judicatura es la solución a este papel planteamiento, que contienen algunas de las Constituciones de Europa continental posteriores a la segunda Guerra Mundial, y que después fue trasladado a las legislaciones latinoamericanas.
Esta plática la dividiré en dos partes: la primera la dedicaré a la importancia, explicando al efecto los antecedentes, creación, integración y misión del Consejo de la Judicatura Federal, mientras que, en la segunda, abordaré el tema dela trascendencia y los retos de los consejos de la Judicatura en México.