La equidad de género en el Poder Judicial de la Federación /
Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- 1a ed.
- México, D.F. : Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2006.
- 127 p. ; 18 cm.
- El poder judicial contemporáneo ; 3 .
Resumen: La problemática relacionada con la equidad de género es antigua, pues durante siglos la mujer fue excluida de la vida pública.
Con la finalidad de abrir espacios para la mujer y asegurar su permanencia en el desarrollo nacional, se han llevado a cabo múltiples acciones y programas tanto nacionales como internacionales, tendentes a combatir la desigualdad de oportunidades y la discriminación. La evidente necesidad de incluir a la mujer en la función pública ha obligado a reformular su situación en el marco jurídico nacional, para hacerlo acorde con los compromisos internacionales adquiridos en materia de derechos humanos de las mujeres.
En este sentido, las políticas promovidas para impedir la discriminación de género en la composición de los órganos públicos han mostrado eficacia. Las representaciones populares cuentan, de un modo cada vez más ostensible, con un componente femenino. En cuanto a los órganos jurisdiccionales, desde la década de los setenta, se han extendido la creciente participación de la mujer, en los fueros local y federal. Debe destacarse que para el Poder Judicial de la Federación las políticas de equidad de género no excluyen el profesionalismo y excelencia que establece como principios fundamentales el Código de Ética que rige la actuación de sus integrantes. Esto significa que se elimina como criterio de selección que se pertenezca al sexo masculino pero se reafirma la exigencia de esos atributos tanto a los hombres como a las mujeres que buscan integrarse a este Poder, lo que finalmente se traduce en que mujeres y hombres con profesionalismo y excelencia serán admitidos, sin que baste para ello el pertenecer a uno u otro sexo. Ser mediocre, trátese de hombres o mujeres será siempre causa justificada de rechazo.
Esta obra, número 3 de la Serie El Poder Judicial Contemporáneo, ofrece datos teóricos y estadísticos sobre cómo se ha avanzado en la búsqueda de la equidad de género dentro del poder judicial de la federación, donde los ingresos y ascensos dependen de los criterios y capacidades, sin discriminaciones ni privilegios.
Bibliografía: p. 115-124
970-712-639-6
Igualdad --México
Igualdad ante la ley
HM 821 / .M4 E68
Resumen: La problemática relacionada con la equidad de género es antigua, pues durante siglos la mujer fue excluida de la vida pública.
Con la finalidad de abrir espacios para la mujer y asegurar su permanencia en el desarrollo nacional, se han llevado a cabo múltiples acciones y programas tanto nacionales como internacionales, tendentes a combatir la desigualdad de oportunidades y la discriminación. La evidente necesidad de incluir a la mujer en la función pública ha obligado a reformular su situación en el marco jurídico nacional, para hacerlo acorde con los compromisos internacionales adquiridos en materia de derechos humanos de las mujeres.
En este sentido, las políticas promovidas para impedir la discriminación de género en la composición de los órganos públicos han mostrado eficacia. Las representaciones populares cuentan, de un modo cada vez más ostensible, con un componente femenino. En cuanto a los órganos jurisdiccionales, desde la década de los setenta, se han extendido la creciente participación de la mujer, en los fueros local y federal. Debe destacarse que para el Poder Judicial de la Federación las políticas de equidad de género no excluyen el profesionalismo y excelencia que establece como principios fundamentales el Código de Ética que rige la actuación de sus integrantes. Esto significa que se elimina como criterio de selección que se pertenezca al sexo masculino pero se reafirma la exigencia de esos atributos tanto a los hombres como a las mujeres que buscan integrarse a este Poder, lo que finalmente se traduce en que mujeres y hombres con profesionalismo y excelencia serán admitidos, sin que baste para ello el pertenecer a uno u otro sexo. Ser mediocre, trátese de hombres o mujeres será siempre causa justificada de rechazo.
Esta obra, número 3 de la Serie El Poder Judicial Contemporáneo, ofrece datos teóricos y estadísticos sobre cómo se ha avanzado en la búsqueda de la equidad de género dentro del poder judicial de la federación, donde los ingresos y ascensos dependen de los criterios y capacidades, sin discriminaciones ni privilegios.
Bibliografía: p. 115-124
970-712-639-6
Igualdad --México
Igualdad ante la ley
HM 821 / .M4 E68